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Ética del Trabajo Social
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Ética en Trabajo Social: Declaración de Principios


Federación Internacional de Trabajadores Sociales (FITS)

Asociación Internacional de Escuelas de Trabajo Social (AIETS)



1. Prefacio


La conciencia ética es un componente fundamental de la práctica profesional de los Trabajadores Sociales. La habilidad y compromiso para actuar éticamente es un aspecto esencial de la calidad de la asistencia ofrecida a aquellos que utilizan los servicios del Trabajo Social

El propósito del trabajo sobre ética realizado por AIETS y FITS es de promover la reflexión y el debate ético en las organizaciones miembros, entre los proveedores de Trabajo Social en los países afiliados, como también en las Escuelas de Trabajo Social y en los estudiantes de Trabajo Social. Algunos de los desafíos éticos y problemas que enfrentan los Trabajadores Sociales son comunes para todos. Otros son específicos para algunos países. Manteniéndose en un nivel de principios generales, la declaración conjunta de AIETS y FITS pretende alentar a los Trabajadores Sociales del mundo a que reflexionen sobre los desafíos y dilemas que enfrentan, y que tomen decisiones éticamente informadas acerca de cómo proceder en cada caso en particular.

 

Algunas de estas áreas problemáticas incluyen:

 

  • El hecho de que, a menudo, la lealtad de los Trabajadores Sociales está en medio de un conflictos de intereses
  • El hecho de que los trabajadores sociales actúan simultáneamente como ayudadores y controladores
  • Los conflictos entre el deber de los trabajadores sociales de proteger los intereses de las personas con quienes trabajan, y las demandas sociales de eficiencia y utilidad
  • El hecho de que los recursos de la sociedad son limitados

 

Este documento toma como punto de partida la definición de trabajo social adoptada por FITS en la Reunión General realizada en Montreal, Canadá en Julio 2000, y por AIETS en la Asamblea General que se reunió en Montreal en Julio 2000, y por una votación postal realizada posteriormente.
En Copenhague, Mayo 2001, FITS y AIETS acordaron conjuntamente una definición internacional (sección 2). Esta definición enfatiza los principios de los derechos humanos y de la justicia social. La siguiente sección (3), hace referencia a las diversas declaraciones y convenciones sobre derechos humanos que son relevantes para el Trabajo Social, seguida de una declaración de principios éticos generales enunciadas bajo dos amplios títulos: derechos humanos y dignidad; y justicia social (sección 4). La sección final introduce algunas indicaciones básicas sobre la conducta ética en Trabajo Social, que se espera serán elaboradas de acuerdo con las guías éticas y con los diversos códigos e pautas de las organizaciones asociadas a AIETS y FITS.


2. Definición de Trabajo Social

La profesión del Trabajo Social promueve el cambio social, la solución de los problemas existentes en las relaciones sociales, y el empoderamiento y liberación de las personas para incrementar su bienestar. Utilizando las teorías de la conducta social y de los sistemas sociales, el Trabajo Social interviene en aquellos puntos donde las personas interactúan con su medio ambiente. Los principios de los derechos humanos y la justicia social son fundamentales para el Trabajo Social.

 

3. Convenciones Internacionales


 

Las declaraciones internacionales y convenciones sobre derechos humanos conforman las normas comunes de logros, y reconocen los derechos que son aceptados por la comunidad global. Los documentos que son especialmente relevantes para la práctica y acción del Trabajo Social son:

 

- Declaración Universal de los Derechos Humanos

- Acuerdo Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos

- Acuerdo Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales

- Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

- Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

- Convención sobre los Derechos del Niño

- Convención sobre los Pueblos Indígenas y Tribales (Convención 169 de OIT)

- Convención sobre los Refugiados, de 1951 (o Convención de Ginebra de 1951)

 

4. Principios


4.1. Derechos Humanos y Dignidad Humana

El trabajo social se basa en el respeto del valor y dignidad inherentes a todas las personas, y los derechos que éstos conllevan. Los Trabajadores Sociales deberían apoyar y defender la integridad física, psicológica, emocional y espiritual, y el bienestar de todas las personas.

 

Esto significa:

1. Respetar el derecho de autodeterminación - Los Trabajadores Sociales deberían respetar y promover los derechos de las personas para elegir y tomar sus propias decisiones, cualquiera sean sus valores y elecciones de vida, siempre que esto no signifique atentar contra los derechos y legítimos intereses de otros.

2. Promover el derecho a la participación - Los Trabajadores Sociales deberían promover el total compromiso y la participación de las personas que hacen uso de sus servicios, con métodos que los capacite y les otorgue las destrezas para actuar en todos los aspectos de las decisiones y acciones que afecten sus vidas.

3. Tratar a cada persona como un todo - Los Trabajadores Sociales deberían preocuparse del

individuo como un todo, dentro del núcleo familiar, en sus entornos comunitarios, sociales y naturales, y deberían aspirar a percibir todos los aspectos de la vida de la persona.

4. Identificar y desarrollar las fortalezas - Los Trabajadores Sociales deberían focalizarse en las

fortalezas de todos los individuos, grupos y comunidades, y así promover su empoderamiento.

 

4.2. Justicia social
Los Trabajadores Sociales tienen la responsabilidad de promover la justicia social en relación a la sociedad en general, y en relación a la gente con quienes trabajan. Esto significa:

1. Desafiar la discriminación negativa - Los Trabajadores Sociales tienen la responsabilidad de desafiar la discriminación negativa basada en características tales como las habilidades, edad, cultura, género o sexo, estado marital, condiciones socio-económicas, opiniones políticas, color de piel, u otras características físicas, orientación sexual, o creencias espirituales.

2. Reconocer la diversidad y la diferencia - Los Trabajadores Sociales deberían distinguir y respetar la diversidad étnica y cultural de las sociedades donde ejercen su profesión, tomando en cuenta las diferencias existentes en los individuos, las familias, los grupos y las comunidades.

3. Distribución equitativa de los recursos - Los Trabajadores Sociales deberían asegurarse que los recursos que están a su disposición sean distribuidos en forma justa, y de acuerdo con las necesidades.

4. Objetar las políticas y prácticas injustas - Los Trabajadores Sociales tienen el deber de hacer notar a sus empleadores, a los elaboradores de políticas, a los políticos, y al público en general, todas aquellas situaciones en que las personas vivan en condiciones de pobreza, cuando los recursos sean inadecuados, o cuando la distribución de los recursos, políticas y prácticas sea opresivas, injustas o dañinas.

5. Trabajando solidariamente - Los Trabajadores Sociales tienen la obligación de objetar las

condiciones sociales que contribuyan a la exclusión social, la estigmatización o la subyugación, y trabajar por lograr una sociedad incluyente.

 

5. Conducta profesional


Las organizaciones nacionales afiliadas a FITS y a AIETS tienen la responsabilidad de desarrollar y actualizar regularmente sus propios códigos de ética, o instrucciones éticas, cuidando que sean consistentes con la declaración de FITS y AIETS. Las organizaciones nacionales también tienen la responsabilidad de informar acerca de estos códigos o directrices a los Trabajadores Sociales y a las Escuelas de Trabajo Social.

Los Trabajadores Sociales deberían actuar de acuerdo con los códigos de ética, o directrices vigentes en sus países. Generalmente, éstos incluirán instrucciones más detalladas acerca de las prácticas éticas que son específicas para el contexto nacional. Las siguientes indicaciones generales sobre conducta profesional son aplicables:

 

1. Se espera que los Trabajadores Sociales desarrollen y mantengan las habilidades requeridas y las capacidades para desarrollar su trabajo.
2. Los Trabajadores Sociales no deberían permitir que utilicen sus habilidades para propósitos inhumanos, tales como tortura o terrorismo.
3. Los Trabajadores Sociales deberían actuar con integridad. Esto incluye el no excederse en la relación de confianza que se establece con las personas que hacen uso de sus servicios; establecer límites entre la vida personal y la vida profesional; y no aprovechar su posición para beneficio o ganancia personal.
4. Los Trabajadores Sociales deberían actuar con compasión, empatía e interés hacia todas las personas que utilicen sus servicios
5. Los Trabajadores Sociales no deberían subordinar las necesidades o intereses de las personas que utilizan sus servicios para favorecer las necesidades e intereses propios.
6. Los Trabajadores Sociales tienen el deber de tomar las medidas necesarias para cuidarse tanto profesional como personalmente en el lugar de trabajo y en la sociedad, y así garantizar que tienen la capacidad para proveer servicios adecuados.
7. Los Trabajadores Sociales deberían mantener en confidencialidad toda la información que se refiera a las personas que utilicen sus servicios. Una excepción a esto, sólo podría justificarse en base a un requisito ético mayor (por ejemplo, la preservación de la vida).
8. Los Trabajadores Sociales necesitan dar a conocer su compromiso con las acciones ejecutadas en favor de sus clientes, de las personas con quienes trabajan, de sus colegas, con sus empleadores, con la asociación profesional y la ley, y que estas responsabilidades pudieran entrar en conflicto.

9. Los Trabajadores Sociales tienen el deber de colaborar con las Escuelas de Trabajo Social apoyando a los estudiantes de Trabajo Social para que obtengan una capacitación práctica de buena calidad y un conocimiento práctico actualizado.
10. Los Trabajadores Sociales deberían estimular y participar en los debates éticos con sus colegas y empleadores, y asumir la responsabilidad de tomar decisiones éticamente informadas.
11. Los Trabajadores Sociales deberían estar preparados para declarar los motivos de aquellas acciones que fueron tomadas teniendo como base consideraciones éticas, y ser responsables de sus elecciones y acciones.

12. Los Trabajadores Sociales deberían trabajar para crear las condiciones necesarias en las agencias empleadoras y en sus países para que los principios enunciados en esta declaración y aquellos de sus propios códigos nacionales (cuando sean aplicable) sean discutidos, evaluados y establecidos.

 

El documento "Ética en el Trabajo Social, Declaración de Principios" fue aprobado en la Asamblea General de la Federación de Trabajadores Sociales y de la Asociación Internacional de Escuelas de Trabajo Social en Adelaida, Australia, Octubre 2004.

 

Copyright ©2004 International Federation of Social Workers and International Association of Social Work, P.O.Box 6875, CH-3001 Bern, Switzerland

 
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