Ética en Trabajo Social: Declaración de Principios
Federación Internacional de Trabajadores Sociales (FITS)
Asociación Internacional de Escuelas de Trabajo Social
(AIETS)
1. Prefacio
La conciencia
ética es un componente fundamental de la práctica profesional de los
Trabajadores Sociales. La habilidad y
compromiso para actuar éticamente es un aspecto esencial de la calidad de la
asistencia ofrecida a aquellos que utilizan los servicios del Trabajo Social
El propósito del trabajo sobre
ética realizado por AIETS y FITS es de promover la reflexión y el debate ético
en las organizaciones miembros, entre los proveedores de Trabajo Social en los
países afiliados, como también en las Escuelas de Trabajo Social y en los
estudiantes de Trabajo Social. Algunos
de los desafíos éticos y problemas que enfrentan los Trabajadores Sociales son
comunes para todos. Otros son
específicos para algunos países.
Manteniéndose en un nivel de principios generales, la declaración
conjunta de AIETS y FITS pretende alentar a los Trabajadores Sociales del mundo
a que reflexionen sobre los desafíos y dilemas que enfrentan, y que tomen
decisiones éticamente informadas acerca de cómo proceder en cada caso en
particular.
Algunas de
estas áreas problemáticas incluyen:
- El hecho de que, a menudo, la lealtad de los
Trabajadores Sociales está en medio de un conflictos de intereses
- El hecho de que los trabajadores sociales actúan
simultáneamente como ayudadores y controladores
- Los conflictos entre el deber de los trabajadores
sociales de proteger los intereses de las personas con quienes trabajan, y
las demandas sociales de eficiencia y utilidad
- El hecho de que los recursos de la sociedad son
limitados
Este documento toma como punto de partida la definición
de trabajo social adoptada por FITS
en la Reunión General realizada en Montreal, Canadá en
Julio 2000, y por AIETS en la Asamblea
General que se reunió en Montreal en Julio 2000, y por
una votación postal realizada
posteriormente.
En Copenhague, Mayo 2001, FITS y AIETS acordaron conjuntamente una
definición internacional (sección 2). Esta definición enfatiza los principios de
los derechos
humanos y de la justicia social.
La siguiente sección (3), hace referencia a las diversas
declaraciones y convenciones sobre
derechos humanos que son relevantes para el Trabajo
Social, seguida de una declaración de
principios éticos generales enunciadas bajo dos amplios
títulos: derechos humanos y dignidad;
y justicia social (sección 4). La sección final introduce algunas indicaciones
básicas sobre la
conducta ética en Trabajo Social, que se espera serán
elaboradas de acuerdo con las guías
éticas y con los diversos códigos e pautas de las organizaciones asociadas a
AIETS y FITS.
2. Definición de Trabajo Social
La profesión del Trabajo Social
promueve el cambio social, la solución de los problemas existentes en las
relaciones sociales, y el empoderamiento y liberación de las personas para
incrementar su bienestar. Utilizando las
teorías de la conducta social y de los sistemas sociales, el Trabajo Social
interviene en aquellos puntos donde las personas interactúan con su medio
ambiente. Los principios de los derechos
humanos y la justicia social son fundamentales para el Trabajo Social.
3. Convenciones Internacionales
Las declaraciones internacionales
y convenciones sobre derechos humanos conforman las normas comunes de logros, y
reconocen los derechos que son aceptados por la comunidad global. Los documentos que son especialmente
relevantes para la práctica y acción del Trabajo Social son:
-
Declaración Universal de los
Derechos Humanos
-
Acuerdo Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos
-
Acuerdo Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
-
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
Racial
-
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer
-
Convención sobre los Derechos del Niño
-
Convención sobre los Pueblos Indígenas y Tribales (Convención 169 de OIT)
- Convención sobre los Refugiados, de
1951 (o Convención de Ginebra de 1951)
4. Principios
4.1. Derechos Humanos y Dignidad Humana
El trabajo social se basa en el
respeto del valor y dignidad inherentes a todas las personas, y los
derechos que éstos conllevan. Los Trabajadores Sociales deberían apoyar y
defender la integridad física, psicológica, emocional y espiritual, y el
bienestar de todas las personas.
Esto significa:
1.
Respetar el derecho de autodeterminación - Los Trabajadores Sociales
deberían respetar y promover los derechos de las personas para elegir y tomar
sus propias decisiones, cualquiera sean sus valores y elecciones de vida,
siempre que esto no signifique atentar contra los derechos y legítimos
intereses de otros.
2.
Promover el derecho a la participación
- Los Trabajadores Sociales deberían promover el total compromiso y la
participación de las personas que hacen uso de sus servicios, con métodos que
los capacite y les otorgue las destrezas
para actuar en todos los aspectos de las decisiones y acciones que afecten sus
vidas.
3. Tratar a cada persona como un todo - Los Trabajadores Sociales deberían
preocuparse del
individuo como un todo, dentro del
núcleo familiar, en sus entornos comunitarios, sociales y naturales, y
deberían aspirar a percibir todos los
aspectos de la vida de la persona.
4. Identificar y desarrollar las fortalezas - Los Trabajadores Sociales deberían
focalizarse en las
fortalezas de todos los individuos, grupos y comunidades, y así promover su
empoderamiento.
4.2. Justicia
social
Los Trabajadores Sociales tienen la responsabilidad de
promover la justicia social en relación a la sociedad en general, y en relación
a la gente con quienes trabajan. Esto
significa:
1.
Desafiar la discriminación negativa - Los Trabajadores Sociales tienen la
responsabilidad de desafiar la discriminación negativa basada en
características tales como las habilidades, edad, cultura, género o sexo,
estado marital, condiciones socio-económicas, opiniones políticas, color de
piel, u otras características físicas, orientación sexual, o creencias
espirituales.
2.
Reconocer la diversidad y la diferencia -
Los Trabajadores Sociales deberían distinguir y respetar la diversidad
étnica y cultural de las sociedades donde ejercen su profesión, tomando en
cuenta las diferencias existentes en los individuos, las familias, los grupos y
las comunidades.
3.
Distribución equitativa de los recursos - Los Trabajadores Sociales
deberían asegurarse que los recursos que están a su disposición sean
distribuidos en forma justa, y de acuerdo con
las necesidades.
4.
Objetar las políticas y prácticas injustas - Los Trabajadores Sociales
tienen el deber de hacer notar a sus
empleadores, a los elaboradores de políticas, a los políticos, y al público en
general, todas aquellas situaciones en que las personas vivan en condiciones de
pobreza, cuando los recursos sean inadecuados, o cuando la distribución de los
recursos, políticas y prácticas sea opresivas, injustas o dañinas.
5.
Trabajando solidariamente - Los Trabajadores Sociales tienen la obligación
de objetar las
condiciones sociales que contribuyan a la exclusión
social, la estigmatización o la subyugación, y trabajar por lograr una sociedad
incluyente.
5. Conducta profesional
Las organizaciones nacionales afiliadas
a FITS y a AIETS tienen la responsabilidad de desarrollar y actualizar
regularmente sus propios códigos de ética, o instrucciones éticas, cuidando que
sean consistentes con la declaración de FITS y AIETS. Las organizaciones nacionales también tienen
la responsabilidad de informar acerca de estos códigos o directrices a los
Trabajadores Sociales y a las Escuelas de Trabajo Social.
Los Trabajadores Sociales deberían
actuar de acuerdo con los códigos de ética, o directrices vigentes en sus países. Generalmente, éstos incluirán instrucciones
más detalladas acerca de las prácticas éticas que son específicas para el
contexto nacional. Las siguientes
indicaciones generales sobre conducta profesional son aplicables:
1. Se espera
que los Trabajadores Sociales desarrollen y mantengan las habilidades
requeridas y las capacidades para desarrollar su trabajo.
2. Los Trabajadores Sociales no deberían permitir que utilicen sus habilidades
para propósitos inhumanos, tales como tortura o terrorismo.
3. Los Trabajadores Sociales deberían actuar con integridad. Esto incluye el no excederse en la relación
de confianza que se establece con las personas que hacen uso de sus servicios;
establecer límites entre la vida personal y la vida profesional; y no aprovechar
su posición para beneficio o ganancia personal.
4. Los Trabajadores Sociales deberían actuar con compasión, empatía e interés
hacia todas las personas que utilicen sus servicios
5. Los Trabajadores Sociales no deberían subordinar las necesidades o intereses
de las personas que utilizan sus servicios para favorecer las necesidades e
intereses propios.
6. Los Trabajadores Sociales tienen el deber de tomar las medidas necesarias
para cuidarse tanto profesional como personalmente en el lugar de trabajo y en
la sociedad, y así garantizar que tienen la capacidad para proveer servicios
adecuados.
7. Los Trabajadores Sociales deberían mantener en confidencialidad toda la
información que se refiera a las personas que utilicen sus servicios. Una excepción a esto, sólo podría
justificarse en base a un requisito ético mayor (por ejemplo, la preservación
de la vida).
8. Los Trabajadores Sociales necesitan dar a conocer su compromiso con las acciones ejecutadas en favor de sus clientes,
de las personas con quienes trabajan, de sus colegas, con sus empleadores, con
la asociación profesional y la ley, y que estas responsabilidades pudieran
entrar en conflicto.
9. Los
Trabajadores Sociales tienen el deber de colaborar con las Escuelas de Trabajo
Social apoyando a los estudiantes de Trabajo Social para que obtengan una
capacitación práctica de buena calidad y un conocimiento práctico actualizado.
10. Los Trabajadores Sociales deberían estimular y participar en los debates
éticos con sus colegas y empleadores, y asumir la responsabilidad de tomar
decisiones éticamente informadas.
11. Los Trabajadores Sociales deberían estar preparados para declarar los
motivos de aquellas acciones que fueron tomadas teniendo como base
consideraciones éticas, y ser responsables de sus elecciones y acciones.
12. Los
Trabajadores Sociales deberían trabajar para crear las condiciones necesarias
en las agencias empleadoras y en sus países para que los principios enunciados
en esta declaración y aquellos de sus propios códigos nacionales (cuando sean
aplicable) sean discutidos, evaluados y
establecidos.
El documento "Ética en el Trabajo
Social, Declaración de Principios" fue aprobado en la Asamblea General de la
Federación de Trabajadores Sociales y de la Asociación Internacional de
Escuelas de Trabajo Social en Adelaida, Australia, Octubre 2004.
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